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martes, 5 de abril de 2011

Improcedente, impugnación en Bacalar: diputado

El PRD no tiene personalidad jurídica para impugnar la decisión que tomó el Congreso de Quintana Roo de elegir a los 11 integrantes del Concejo Municipal de Bacalar como primera autoridad, en lugar de convocar a elecciones constitucionales, afirmó Eduardo Espinosa Abuxapqui, presidente de la Gran Comisión.

Este lunes, la XIII Legislatura fijó su postura y respondió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la acción de inconstitucionalidad que promovió el sol azteca en contra de la temporalidad que tendrá de dos años y medio el Concejo Municipal de Bacalar, ayuntamiento de reciente creación en el estado y que deberá asumir el poder a partir del 11 de abril y hasta septiembre de 2013.

El líder de la bancada priísta insistió en que el instituto político no tiene personalidad jurídica para demandar ante un asunto meramente administrativo como es la integración de la primera autoridad de un municipio naciente

Explicó que el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria que rigen las Acciones de Inconstitucionalidad, establecen quiénes tienen personalidad jurídica para promover recursos de este tipo y contra qué asuntos; y es claro que el PRD que promovió la referida acción no tiene facultades.

Añadió que este artículo, en su fracción II, inciso f, menciona que los partidos políticos con registro ante el Instituto Federal Electoral, por conducto de sus dirigencias nacionales, pueden promover acciones de inconstitucionalidad pero "exclusivamente en contra de leyes electorales expedidas por el órgano Legislativo del Estado...".

Dijo que la creación del Concejo Municipal y su temporalidad establecida en el decreto 422 emitido por la anterior legislatura es una cuestión administrativa, por lo que es improcedente la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el PRD.

"Un partido político no tiene facultad de demandar la creación de un Concejo Municipal el cual ejerza el gobierno del ayuntamiento por un lapso determinado, en tanto toman posesión los munícipes electos en los comicios, por no tener naturaleza electoral", recordó.

La dirigencia nacional del PRD impugnó la elección de los 11 integrantes del Concejo Municipal de Bacalar, de los cuales seis son de extracción priísta y el resto del PAN, PRD, PT y Panal, porque lo correcto es elegir un concejo ciudadano temporal de máximo seis meses para que convocar y organizar las primeras elecciones constitucionales.

Pero la anterior legislatura decidió integrar el Conejo Municipal de Bacalar con dos años y medio de vigencia, argumentando que esta temporalidad permitirá economizar gastos y su conclusión sería similar al resto de los nueve municipios de Quintana Roo.

Fuente: El Universal Mx

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